Casi un año después de que se publicara en el periódico que dos abogados de Barcelona habían estafado a un marroquí condenado por error, aprovechándose de que no sabía leer, el Ilustre Colegio de Abogados ha resuelto archivar el caso. «Se acuerda el archivo, sin más trámites», se lee en la resolución que el ICAB ha comunicado a Ahmed Tommouhi.
Mi noticia de Público se hacía eco de lo ya publicado en un capítulo de Justicia poética: Jorge Claret y Pedro J. Pardo, abogados a los que Tommouhi había pagado casi siete millones de pesetas en 2001, hincharon la minuta con procedimientos que no habían llevado ellos. En concreto: el caso de Terrassa, que llevó Desiderio Fernández; el de Cornellà, del que se encargó de oficio Pere Ramells, e incluso le cobraron al condenado el recurso que en su contra presentó el fiscal de este último caso. Todo está detallado aquí.
El Colegio de Abogados de Barcelona abrió hace un año un expediente informativo. La resolución, firmada por la presidenta de su Comisión de Deontología*, ha comunicado ahora el archivo en base a las dos razones que los propios letrados alegaron en su descargo el pasado 9 de mayo: que los hechos habrían prescrito y que Tommouhi firmó la minuta, dando su consentimiento.
Pero la presidenta Esther Cánovas Artigas matiza su resolución con un comentario original: que el Colegio («esta Corporación», dice) no puede entrar a valorar «las circunstancias personales e intelectuales del Sr. Tommouhi» a la hora en que dio su consentimiento. Una originalidad frente a la que merece la pena repetir algunas obviedades.
Primero, por si la ambigüedad del sintagma «circunstancias personales e intelectuales» reflejara que la señora Cánovas cree sinceramente que Tommouhi, además de que estaba en la cárcel, es tonto: No, es sólo que no sabe leer. Pero no lo creo: la ambigüedad de la expresión, que por cierto mezcla el dominio de una técnica (la lectura) con una facultad (la inteligencia), confunde sobre todo porque quiere dar a entender que el delito se disuelve en la inconsciencia con que la víctima lo recibe.
Los hechos descritos, sin embargo, no dependen de ninguna valoración técnica ni moral. La minuta no se hinchó porque los honorarios fueran más o menos altos, sino porque facturaron procedimientos en los que no habían trabajado. Precisamente porque Tommouhi estampó sobre eso su firma analfabeta, hablamos de estafa y no, pongamos, de robo.
Por último, el Colegio demuestra no tener siquiera carácter corporativo. Si sus colegiados le mereciesen todavía, más allá de su condición numeraria, algún respeto, debería haber aprovechado al menos para mostrarlo, en lugar de insinuar que no puede hacer nada por un analfabeto preso. Porque la estafa se fraguó sobre el trabajo de dos letrados de oficio (da igual ahora que Fernández estuviera colegiado enTerrassa), en cuyo nombre Pardo y Claret obtuvieron el beneficio.
No dudo de que los hechos, a efectos disciplinarios, hayan prescrito (aunque por lo civil, podrían necesitar hasta quince años). Pero no hay duda tampoco de que el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona ha llegado a tiempo para mostrar su desentendimiento cómplice.
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*A fecha de la resolución: 17/5/2011
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