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La continuación del periodismo, pero por otros medios.

Principios (y derivas) de la Justicia poética (VIII): Sortu y el Supremo

El voto particular critica que la mayoría haya sustituido la valoración de la prueba por «la construcción de un relato».

«Siete jueces del TS consideran «obligado» inscribir a Sortu«, Público, 1 de abril de 2011.

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Un ciudadano contra la impunidad

La petición de Manuel Borraz para que la Fiscalía de Cataluña analice los restos de la violación de Blanes está hoy en los periódicos. Mónica Ceberio Belaza lo recoge así en El País, y yo mismo, así en Público.

ElPais.com recoge además un breve análisis de Borraz donde explica con una claridad meridiana cómo la fiscalía podría intentar resolver esa violación impune desde casi veinte años. Este es su artículo:

Quizá aún se esté a tiempo

Aunque lo que concierne a la petición enviada a la Fiscalía Superior de Cataluña sobre el caso de Blanes de 1991 pueda parecer farragoso, en el fondo todo es bien simple. Hay unos delitos que no han prescrito, hay un sospechoso y hay medios para comprobar quien fue uno de los dos autores.

En principio, una violación cometida hace casi 20 años ya no es perseguible. Pero el plazo de prescripción puede alargarse hasta los 20 años bajo ciertas circunstancias que contempla la «letra pequeña» de la ley. En este caso: el hecho de que fueran dos los agresores y que estuvieran armados.

Dos asaltantes que hablan en «árabe» entre ellos, sin que uno de los dos hable español. Que abordan a las víctimas -una joven pareja- en despoblado, acusándolas de haber roto algo en las inmediaciones. Que agreden, maniatan y roban, armados con pistola y objetos contundentes. Que violan a la chica por turnos… Todo esto ocurre en Blanes en 1991.

Pero también en Olesa de Montserrat, veinte días antes. Uno de los agresores de Olesa pudo ser identificado y condenado: Antonio García Carbonell. A los desconocidos atacantes de Blanes se les oye decir «no matar» y repetir «Jeber, Jeber». En episodios similares que tendrán lugar en 1995, García Carbonell y su acompañante no identificado usarán expresiones como «harva» y «jara no matar».

Unos delitos no prescritos, un sospechoso y una prueba material que podría servir para acabar con la impunidad: los restos biológicos conservados en el Instituto Nacional de Toxicología. En su momento, la causa de Blanes fue archivada a falta de sospechosos. El ADN de la muestra no fue analizado, ni siquiera tras las condenas de Antonio García. Quizás aún se esté a tiempo.

Manuel Borraz es ingeniero y mantiene una web sobre el caso.

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La realidad y sus víctimas

La casualidad ha querido, y yo se lo agradezco, que la semana que había empezado con la fiscalía de Barcelona denunciando al director del Festival de Sitges por programar una película, A Serbian Film, en la que un actor violaba un muñeco con forma de niño, terminara ayer con un ciudadano de Hospitalet dando los últimos retoques a un texto que, de no surtir el efecto merecido, servirá al menos (y esto ya es una apuesta personal) para demostrar de nuevo que la fiscalía catalana actúa siempre en el interés superior de los menores, siempre que ese interés no supere el suyo propio: figurar.

A diferencia de esa fiscalía, Manuel Borraz, ciudadano ejemplar, no reclama justicia para ningún arquetipo informativamente relevante, mucho menos para su inencontrable imagen cinematográfica, sino para personas de carne y hueso. Lleva años intentando que se haga justicia con Ahmed Tommouhi, para quien el ex fiscal jefe José María Mena siempre reservó sus mejores recursos literarios, y con quien la justicia no ha hecho nada, salvo condenarlo por error y luego no acertar jamás a reparar el daño.

Pero no se trata de Tommouhi esta vez. Borraz exige ahora resarcir a una mujer a la que violaron cuando tenía 25 20 años, cuya agresión sigue impune y por la que la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña hace más de dieciocho años que no ha movido un dedo. Un cabo suelto que podría servir además para tirar del hilo de otras seis violaciones, algunas de ellas cometidas contra menores, de las cuales sólo uno de los dos autores ha sido condenado.

Pero vayamos por partes, porque de todo hace ya casi veinte años. Antes que nada: me trago con gusto mis palabras. En la página 343 de la edición española de Justicia poética (Seix Barral, 2010) [p. 254 para la edición argentina de Falsos testigos del porvenir] en el capítulo de la entrevista con el ex fiscal Mena, y a cuento de una violación cometida en Blanes en noviembre de 1991 y que seguía impune entonces como hoy, escribí:

«La coincidencia del modus operandi, de las descripciones de las víctimas, así como que se hubieran confundido al señalar a Mounib, como ya había ocurrido en Olesa, indicaba que García Carbonell era, por lo menos, una pista buena. Hoy, las muestras siguen intactas y ese delito ha prescrito».

Las muestras provenían del frotis vaginal que se le practicó a la víctima de Blanes la noche de autos y están conservadas en el Instituto Nacional de Toxicología de Madrid. Antonio García Carbonell esta condenado a más de 250 años de cárcel por seis violaciones cometidas en 1995 y una cometida cuatro años antes: se trata de ese caso de Olesa, donde primero habían sido condenados dos marroquíes injustamente (Abderrazak Mounib es uno de los dos), porque la chica se equivocó al identificarlos. Cuatro años después, gracias a una investigación de la Guardia Civil, el caso se reabrió y se demostró que los culpables eran García Carbonell y un pariente suyo que sigue sin ser identificado.

Pues bien, hace meses que Manuel Borraz me convenció de que seguramente me equivoqué al dar esa violación por prescrita. Por supuesto, no la di por prescrita: hice mis averiguaciones, pregunté a abogados y llegamos a la conclusión de que el delito, en efecto, había prescrito. Esa conclusión, sin embargo, se ha venido abajo desde que Borraz reparó en que puesto que la violación fue doble, esto es, que fue cometida, por turnos, por dos hombres distintos contra la misma víctima, y que además iban armados, podría elevar el plazo de prescripción hasta los veinte años (art. 180.2).

Eso quiere decir que prescribiría en noviembre de 2011 y que se está a tiempo todavía de analizar esas muestras y cotejarlas con el perfil del principal sospechoso que desde hace años, y hace meses también, maneja la Guardia Civil: Antonio García Carbonell, que pronto cumplirá dos tercios de su condena y podría empezar a disfrutar de permisos penintenciarios.

La Fiscalía de Cataluña tiene, pues, la oportunidad de mostrar que además de victimizar la imagen de la justicia, trabaja para que se haga justicia a las víctimas de verdad.

El tiempo corre contra nosotros.

(Mañana más)

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Diferencias entre la pedofilia y la fiscalía de Barcelona

De los expertos que han comentado (en Público y en La Vanguardia de papel)  el delirio de la fiscalía de Barcelona de denunciar al director del Festival de Sitges por permitir la proyección de una película, A Serbian film, en la que un actor viola a un muñeco de trapo con forma de niño, sólo el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) da en el clavo: dice Pablo Llanera que el Código Penal «castiga la pornografía virtual, no real, que se simula aunque no se haya realizado». El fiscal respira aliviado.

Es mentira, claro, pero es una mentira práctica: sin ella, la denuncia del fiscal no podría seguir adelante (al contrario de lo que se ha dicho: la fiscalía sí podría haberse abstenido de actuar; no así el juez de Vilanova, que al «imputar» a Ángel Sala lo único que está haciendo es permitirle que se persone como parte en el asunto, lo cual, teniendo en cuenta que podría acabar convirtiéndose en el acusado, es de agradecer). Que resulta práctica se prueba porque hoy el fiscal ve su confusión blanqueada como debate en los periódicos donde se discute sobre los límites de la realidad y la ficción, cosa que no sólo le ayudará a él personalmente, sino que nos relajará un poco a todos cuando veamos que  por fin se hace justicia, o lo que ya es lo mismo, que la justicia hace algo. Que por el camino pueda arruinarse, por poner sólo un ejemplo, la carrera profesional del imputado Ángel Sala es un efecto «colateral», pero habrá merecido la pena. No todos los días podemos presumir de crear «conceptos jurídicos indeterminados», a pesar de que se publiquen periódicos  diariamente y para desgracia de Carl Schmitt, el gran teórico de la justicia «por objetivos».

Que es mentira, sin embargo, se prueba todavía a estas horas por el hecho de que es inútil para cualquier otro supuesto, condición a la que aspira incluso la indeterminación jurídica del nazi Schmitt, que por eso mismo es indeterminada. Porque, ¿acaso todas las violaciones que se han representado en centenares de miles de escenas de miles de películas de la historia del cine no incurrirían en el mismo delito? ¿Acaso no serían también virtualmente delictivas? ¿Por qué es pornografía simular la pornografía; y no es violación simular la violación? Tal y como están las cosas, la única diferencia radica en que todavía a ningún fiscal se le ha pasado por la cabeza tan discutible idea. Porque está claro que daría, y mucho, para que discutiéramos. No puedo garantizar, por tanto, que mañana siga siendo mentira, porque puede que esta tarde reformemos el código penal para darle la razón a estos iluminados.

Una última razón que se me ocurre es que habría gente, e incluso algún director de cine no del todo arrodillado, que saldrían a denunciar al fiscal por imbécil, porque prohibir la representación de una violación supone, de hecho, la imposibilidad de perseguirla penalmente cuando se comete en el mundo real, de cuerpo presente. Seguir el razonamiento del fiscal y de Pablo Llanera, portavoz de APM, de que lo que no debe exisitir no puede representarse, acaba dando por hecho que lo que no se representa, debe de no existir.  Pero todo esto es demasiado complejo para estos acomplejados.

A ver si entienden esto: hasta el más triste pedófilo necesita creer que el niño de la foto que esconde entre sus papeles  es un niño real, y no un muñeco. Es lo que distingue a los pedófilos de los lectores de Lolita y de los fiscales de Barcelona.

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Poesía fiscal: A Serbian Film

Si es verdad que la Fiscalía de Barcelona ha denunciado al director del festival de Sitges, Ángel Sala, por haber programado la película A Serbian film, en la que al parecer uno de los actores simula que viola a un muñeco con forma de niño; y si es verdad que la denuncia se remite al artículo 189.7 del Código Penal, la cuestión no tiene nada que ver con la censura. Es, de nuevo, pura justicia poética, ese simulacro cruel: la fiscalía no distingue entre la ficción y lo real.

Porque el artículo invocado  no tiene nada que ver con la moral, ni el respeto a una supuesta imagen de los menores en general, ni con las buenas maneras: tiene que ver con los delitos de prostitución y corrupción de menores, como indica el título del Capítulo V del Código penal en el que está enmarcado. Y concretamente, en el punto séptimo, con delitos en los que realmente se haya echado mano del cuerpo, la voz o la imagen de algún menor, para usos pornográficos. El art. 189.7 del Código Penal dice textualmente que:

7. Será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis meses a dos años el que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere o facilitare por cualquier medio material pornográfico en el que no habiendo sido utilizados directamente menores o incapaces, se emplee su voz o imagen alterada o modificada.

Las negritas son mías. Y la clave está en el posesivo de «su» voz o imagen: es decir, para que la denuncia del fiscal tuviera algún sentido no poético debería existir, en algún sótano de Serbia, el niño cuya imagen haya sido utilizada para la película. Niño de carne y hueso, a cuya estela la redacción del artículo se agarra muy cabalmente con esa sucesión de verbos en subjuntivo estirándose (para que no se le vaya de las manos) sobre su cuerpo, su voz o su imagen: pero siempre relacionándose directamente a UN menor. Parece que el director empleó un muñeco para rodar la escena de la violación.

Pero el fiscal, en el fondo, no actúa movido por la defensa de UN niño, sino de EL niño, esto es, LA imagen-niño, esa metáfora informativa que tanto nos tranquiliza.

A partir de ahí, tanto da que el fsical persiga al director del festival por programarla, al director de la película por dirigirla, o al fabricante de muñecos por hacer su negocio: el objetivo de la acción penal se elige en función de su eficacia retórica: esto es, el que más y mejores titulares dé.

 

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Principios (y derivas) de la justicia poética VII: el documental mexicano

Presunto culpable” retrata una tiranía dispersa pero implacable. Es la tiranía del expediente. El papel no es muestra del proceso judicial, es el ídolo al que todos tienen la obligación de rendir tributo. El acusado, los testigos, el acusador están impedidos de expresarse con naturalidad: han de dictar palabras extranjeras para la engorda del Santo Expediente. La policía no pierde el tiempo con investigaciones. Su trabajo es coleccionar hojas de papel. Las preguntas del interrogatorio judicial tienen una muralla infranqueable, lo asentado en el expediente.

El blog de Jesús Silva-Herzog Márquez.

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Principios (y derivas) de la Justicia poética (VI)

1.- «La medida se aplica con normalidad en los juzgados desde hace un lustro, de tal manera que no se ha dictado ni una sola sentencia que otorgue la custodia compartida a un progenitor denunciado por el otro. La mera admisión a trámite de la denuncia por parte del juez impide al denunciado compartir la custodia. Ninguna de las asociaciones de jueces que ahora alertan sobre la supuesta indefensión ciudadana han manifestado durante todo este tiempo ninguna queja al respecto.»

El País, hoy.

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Variaciones sobre la presunción de culpabilidad en un estado sin derecho.

I.-«Hemos puesto a los alemanes por encima de la presunción de inocencia»

II.-«Hemos puesto a los blancos por encima de la presunción de inocencia».

III.-«Hemos puesto a los hombres por encima de la presunción de inocencia».

IV.-«Hemos puesto al Estado por encima de la presunción de inocencia».

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Principios (y derivas) de la Justicia poética (V)

«Estamos pensando en los niños por encima de la presunción de inocencia«.

Alfredo Pérez Rubalcaba, vicepresidente primero del Gobierno y ministro del interior, después del Consejo de Ministros.

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Principios de Justicia poética (IV)

«Igualdad propone quitar la custodia a los maltratadores aunque no estén condenados

«Mañana llevaré al Consejo de Ministros la propuesta de reformar el Código Civil para prohibir expresamente la atribución de la custodia individual de los hijos al cónyuge incurso en un proceso de violencia de género», ha subrayado la ministra.

 

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¿Qué hace falta para condenar a un hombre?

En este caso, parece que sólo hizo falta el tribunal. Porque no parece que reunieran muchas pruebas…

«Ahora, la sentencia absuelve al reo atendiendo a que en su juicio los damnificados -el que recibió la puñalada y otro agredido- no comparecieron, a que en la testificación que hicieron no pudieron identificar al autor de los hechos y a la confesión del menor [que reconoció la autoría] en el otro proceso.»

Elmundo.es, ahora mismo.

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